lunes, abril 11, 2011

Afirma bienestar humano tendrá garantía en defensoría del pueblo

La protección de los derechos humanos y el bienestar del las personas tendrán un aliado en quien asuma la calidad de defensor del pueblo, porque mediante la educación y orientación los individuos ampliarán sus conocimientos y la importancia de un ejercicio justo.

Así lo considera Dalín Olivo Plasencio, médica cirujano y abogada en ejercicio en ambas carreras, quien es parte de las ternas para escoger por el Senado de la República al Defensor del Pueblo.

Recuerda que la en República Dominicana el Defensor del Pueblo nace con la promulgación de la Ley 19-01, el 1 de enero del 2001. Ve esta legislación como una forma de proteger a las personas de la rigurosidad del Estado, en los aspectos de derechos humanos y de las personas.

La misma ley-refiere-le otorga a la persona que ejerza esa función, plena autonomía por tratarse de una institución sin competencias ejecutivas.

Observa que la fuerza de esta institución es principalmente persuasiva y política, porque “no tienen carácter vinculante, sino meramente de recomendación”.

Indica que lo anterior libera esa institución de toda dependencia y subrogación, impidiendo que reciba instrucciones de autoridad alguna.

“Hoy se puede decir que la institución del Defensor del Pueblo está contemplada, de una manera global, en la mayor parte de las constituciones democráticas del mundo.
Olivo Plasencia ofreció amplios detalles sobre la figura del Defensor del Pueblo en una conferencia a estudiantes de diversas carreras interesados en este tema ante una ley que con su práctica marcará la diferencia respecto de derechos de las personas a partir de su aplicación.

Recuerda que las funciones que desarrolla la Institución del Defensor del Pueblo se encuentra en la figura del Tribuno de la Plebe, en la antigua Roma, en el Saib Al Mazaren que significa "el Señor de las Injusticias", en la España musulmana o en las Justicia de Aragón, institución creada en este reino durante el medievo.

Cita al Tribuno de la Plebe (494 a. C.) que surge con la llegada de la República Romana al caer la Monarquía y hacerse más palpable la división entre clases sociales: patricios y plebeyos. La lucha de éstos últimos por lograr una igualdad social o al menos mejores condiciones de vida los llevo a tomar la decisión de salir de Roma, retirándose al monte Aventino y amenazando con fundar una nueva ciudad plebeya.

Así-dice la doctora Olivo Plasencio-, logran que los patricios les permitan elegir dos magistrados plebeyos que los representen y velen por sus intereses, siendo éstos los "Tribuni Plebis" que tenían un derecho de veto y de oponerse a las decisiones de todos los magistrados, de los cónsules y a las del Senado Romano.

Y Sahib Al-Mazalin, configurado plenamente en los siglos X y XI, era una figura de la magistratura islámica que por delegación del monarca recibía las denuncias y reclamaciones de los súbditos contra los casos de abusos que cometían las autoridades o funcionarios del Califa.

Mientras que el Justicia de Aragón nace a finales del siglo XII e inicios del XIII como mediador y moderador en las pugnas y diferencias entre el Rey y la nobleza de la época. Después del Rey era la institución más importante y prestigiosa de la organización política del Reino de Aragón.

Con el paso del tiempo, el Justicia se convirtió en juez encargado de dirimir los conflictos entre la monarquía y los ciudadanos. Durante siglos presidió las Cortes de Aragón en ausencia del Rey, tomaba juramento a todos los Reyes de Aragón, desempeñando las funciones de un magistrado y asumiendo la interpretación del Derecho Aragonés.

Sin embargo la función más importante era recordar a quien gobernaba que las leyes las debían cumplir todos, empezando por el que las promulgaba. De ahí que el juramento de los Reyes de Aragón decía: "Te hacemos Rey si cumples nuestros Fueros y los haces cumplir, si no, no".

La doctora Olivo Plasencio indica que es el año 1809 cuando surge el precedente más cercano al Defensor del Pueblo actual con la creación y la incorporación en la Constitución de Suecia de la figura del Ombudsman como un delegado parlamentario. Su función era vigilar e inspeccionar la administración, hacer respetar los derechos y libertades de los ciudadanos y admitir sus reclamaciones.

La palabra "Ombudsman", se ha impuesto en muchas partes del mundo para denominar esta Institución. Esta palabra de origen sueco significa "representante" o "tramitador", "tramitador e intérprete de leyes, pero ha terminado por ser equivalente a Defensor del Pueblo.

Sin embargo en la actualidad la institución se reconoce por distintos apelativos como Mediateur, Comisionado, Procurador Parlamentario, Protector Defensor del Ciudadano, Difensore Cívico, Procurador de Vecinos, Abogado Popular,
De ahí que Olivo Plasencia señala que la constitución de esta figura en Suecia marcó el comienzo de una institución de suma importancia y de gran trascendencia para la democracia, la cultura de paz, y tolerancia.

Figura que –agrega-de Suecia se extendió un siglo después a Finlandia en 1919. Y, posteriormente, al resto de Europa.

Observa que tras la devastación de la Segunda Guerra Mundial, la construcción de Europa se hizo con la convicción de que los ideales de libertad y democracia debían ir acompañados de instrumentos institucionales específicos que les sirviesen de garantía.

Lo anterior explica que en las constituciones que surgen después de este periodo del siglo XX se incorpora la figura del Defensor del Pueblo, junto con otra institución encargada también de la defensa de desde hace pocas décadas del orden constitucional y los Tribunales Constitucionales.

Alude que en Iberoamérica su influencia se inicia con la incorporación en la Constitución de Portugal de 1976, en la de España de 1978 y en la de Guatemala de 1985.

• * La autora es médico cirujano general, abogado, con maestría en derecho y relaciones internacionales, diplomado en derecho notarial y derecho internacional humanitario. Actualmente forma parte de las ternas a escoger por el senado de la república defensor del pueblo.