martes, marzo 20, 2012

Las internas en Rafey

Escrito por: Susi Pola (susipola@gmail.com)

Las reclusas de Rafey, en Santiago, desde hace más de 4 años denuncian discriminación en las relaciones conyugales, en comparación con los privilegios que se les da a los hombres recluidos allí, una queja sostenida frente a las autoridades sin que, hasta la fecha, se les reivindiquen sus derechos sexuales y reproductivos, porque de eso se trata finalmente.

Para octubre del año pasado, con la solicitud de las internas de Rafey a la Procuraduría por el mismo derecho de los reclusos en el Centro de Rehabilitación Corrección para hombres, donde hay pabellones conyugales para recibir a sus parejas, denunciaron que las autoridades del penal constantemente requisaban en el recinto carcelario de mujeres vibradores y otros objetos sexuales llevados por sus familiares.

En esa ocasión, la Procuradora de la Corte Penal de Santiago, autoridad competente, reconoció “el derecho de las reclusas de tener encuentros íntimos con sus parejas, pero dijo que hay que tener mucho cuidado, porque muchas buscarían embarazos para que se les exima de sus penas, y que la medida que parecía discriminatoria busca mantener a las reclusas en abstinencia por razones de orden”.

(http://dominicanoshoy.com/articulos/articulo/presas-de-rafey-piden-que-se-les-permita-tener-sexo/).

Como se acostumbra en nuestro imaginario, cuando se trata de mujeres, se parte de un supuesto negativo y particular. Tal es la acción de embarazarse para salir de la cárcel, como punto de partida para negarles sus derechos sexuales y reproductivos. Y se violan disposiciones constitucionales que consagran el derecho a la igualdad, para establecer una doble moral en dicotomía, respecto a recluidos y recluidas.

Las reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de libertad, "Reglas de Tokio", adoptadas por Asamblea General de la ONU, en la Resolución 45/110, 14 de diciembre de 1990, para aplicarse a todas las personas sometidas a acusaciones, juicios o cumplimientos de una sentencia, en todas las fases de la administración de la justicia penal, dicen que los derechos humanos de las personas imputadas, deben ser preservados, comprendidos los derechos sexuales y los derechos reproductivos.

De eso se trata, de reconocer los derechos sexuales, en este caso, de las mujeres, de igual manera que se reconocen los de los hombres, además, de preparar los protocolos necesarios para preservar también, los derechos reproductivos de las internas.

Las maternidad, manipulada a como convenga, al igual que la vida sexual, son un derecho de las mujeres, libres o recluidas, y las autoridades deben respetarlo.
Se trata de cumplir con la Constitución, máxima regla nacional, y no de las feministas de Santiago, que no tienen ningún poder más que la solidaridad.

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